El Derecho de Información Del Socio en la Sociedad de Responsabilidad Limitada

La Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada no atribuye al socio un derecho genérico a la información, como a los accionistas el artículo 48 de la Ley de Sociedades Anónimas, sino determinados poderes jurídicos que concreta su articulado y que, directa o indirectamente, vienen a habilitar a su titular para la fiscalización de la gestión social. Ello no obstante, puede afirmarse que el derecho de información del socio de la limitada se integra principalmente por dos derechos de diferente alcance pero complementarios entre sí y dirigidos a la misma función: de un lado, la...